La Corte Suprema de Estados Unidos considera legal el veto migratorio de Donald Trump a varios países de mayoría musulmana.

Derecho Penal en la Red 2018-06-27 08:00:00

La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos consideró legal la orden ejecutiva emitida por el presidente Donald Trump que prohíbe el ingreso al país de personas procedentes de cinco países de mayoría musulmana.

La decisión fue tomada en una dividida votación de 5 frente a 4, en la que se impuso la opinión de la mayoría de magistrados conservadores que hay en el tribunal, y es considerada un gran éxito para el gobierno de Trump.

Con el anuncio del Supremo se pone fin a una larga disputa legal que comenzó en enero de 2017, cuando Trump aprobó en sus primeros días en la Casa Blanca una orden ejecutiva en la que prohibía la entrada al país de ciudadanos procedentes de siete países de mayoría musulmana.

La medida generó grandes protestas y fue recurrida ante algunos tribunales de menor rango que decidieron bloquear temporalmente su aplicación.

Ante estos cuestionamientos, la Casa Blanca reformuló el veto en dos ocasiones, la última de las cuales acaba de recibir el visto bueno de la Corte Suprema.

El veredicto afecta a los ciudadanos procedentes de Irán, Libia, Siria, Yemen, Somalia.

El presidente Trump no tardó en responder a la medida a través de su cuenta de Twitter.

"La Corte Suprema apoya el veto migratorio - ¡Wow!", escribió.

En una declaración posterior, el mandatario calificó la decisión de la Corte Suprema como "una tremenda victoria para el pueblo estadounidense y para la Constitución".

"En esta era de terrorismo mundial y de movimiento extremistas que buscan dañar a civiles inocentes debemos investigar de forma apropiada a aquellos que vienen a nuestro país", dijo Trump.

Decisión controvertida.

En su sentencia anunciada este martes, la Corte Suprema consideró que los demandantes no lograron demostrar que el veto violaba las leyes migratorias de Estados Unidos o la primera enmienda de la Constitución que prohíbe favorecer una religión sobre otra.

El magistrado John Roberts, que redactó la sentencia, señaló que el veto migratorio "se enmarca" en las competencias del presidente.

"El gobierno ha dado una justificación suficiente basada en la seguridad nacional", agregó el juez, si bien destacó que en ella el tribunal no está manifestando su opinión sobre la política en sí.

La magistrada Sonia Sotomayor, que votó en contra de la decisión, emitió una declaración disidente en la que señala que la corte fracasó en la defensa de la libertad religiosa consagrada en la Constitución.

"(La decisión) deja inalterada una política que inicialmente fue promovida abierta e inequívocamente como un "cierre total y completo a la entrada de musulmanes en Estados Unidos", simplemente porque ahora es enmascarada bajo preocupaciones de seguridad nacional", escribió Sotomayor.

"Un observador sensato concluiría que (el veto) estuvo motivado por una aversión a los musulmanes", agregó la juez, en línea con la opinión de la magistrada Ruth Bader Ginsburg.

El veto migratorio ha sido muy criticado por activistas en defensa de los derechos humanos pero también por grandes empresas del sector tecnológico como Google, Apple, Facebook o Microsoft, que suelen reclutar en el extranjero a muchos de sus empleados.

Omar Jadwat, director del proyecto sobre derechos de los inmigrantes de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles, consideró este martes que la decisión del tribunal es uno de los "grandes fracasos" del tribunal.

"Amenazas".

Cuando Trump firmó la primera versión del veto migratorio, el 27 de enero de 2017, dijo que la medida buscaba "mantener fuera de EE.UU. a los terroristas islamistas radicales".

"Queremos asegurarnos de que no admitimos en nuestro país a las mismas amenazas que enfrentan nuestros soldados en el extranjero", explicó aquel día.

Aquella primera versión afectaba a los ciudadanos procedentes de Irak, Siria, Irán, Libia, Somalia, Sudan y Yemen. Todos países de mayoría musulmana.

Posteriormente, se sacó de esa lista a Irak y Sudán y se añadieron dos países no musulmanes: Corea del Norte y Venezuela, aunque en el caso de este último país solamente afecta a ciertos funcionarios gubernamentales y a sus familiares.

¿A quiénes afecta en Venezuela el nuevo veto migratorio de Estados Unidos?

Cabe destacar que Corea del Norte y Venezuela están incluidos en la última versión del veto promovido por Trump, si bien la inclusión de estos dos países no fue impugnada en ningún momento ante el Supremo por lo que la corte no examinó su caso.

Qué supone exactamente la medida.

La decisión de la Corte Suprema pone fin a una suspensión temporal del veto migratorio ordenada por un tribunal de menor jerarquía.

En concreto, la versión más reciente del gobierno de Trump prohíbe el ingreso en Estados Unidos de la mayor parte de los inmigrantes, refugiados y portadores de visas procedentes de Irán, Libia, Somalia, Siria y Yemen, así como de los procedentes de Corea del Norte y algunos de Venezuela.

Además, establece que:

- Los norcoreanos y los sirios tienen prohibido el ingreso a Estados Unidos a menos que reciban un permiso especial.

- Se permite el ingreso de ciudadanos de Irán, Libia, Yemen y Venezuela que posean ciertos tipos de visas de no inmigrante.

- Pueden emitirse autorizaciones si los solicitantes demuestran que la denegación del ingreso en Estados Unidos les causaría "dificultades excesivas", que no representan una amenaza a la seguridad nacional y que su entrada favorece el "interés nacional".

- Los residentes permanentes en Estados Unidos procedentes de estos países no se verán afectados.

- Los ciudadanos con doble nacionalidad o aquellos que ya están inmersos en el proceso de otorgamiento de visa tampoco se verán afectados.

BBC.